Gran empresariado activa “campaña del terror” para revertir avances clave en reforma al Código de Aguas

aguaApuntan a artículos aprobados por las comisiones de Recursos Hídricos, Agricultura y Hacienda. La coordinación político comunicacional incluye a la Sociedad Nacional de Agricultura, la Sofofa, el Consejo Minero y la Asociación de Generadoras, entre otras, que han calificado de “expropiación encubierta” una iniciativa que pretende ser un avance en convertir el agua en un bien público orientado al interés común.

Por Patricio Segura 

Una fuerte ofensiva en pos de mantener la privatización y mercantilización del agua están impulsando los gremios de las mayores actividades productivas del país y en cuyas manos se encuentran importantes caudales de recursos hídricos.  La Sociedad Nacional de Agricultura (SNA), el Consejo Minero, la Asociación de Generadoras, la Sociedad de Fimento Fabril (Sofofa) y la Asociación de Pequeñas y Medianas Centrales Hidroeléctricas (Apemec) se han desplegado por múltiples medios de comunicación con el fin de trabar una reforma que, como un primer paso, es fundamental para el reconocimiento del agua como un bien público.

Estamos ante un proyecto inconstitucional, que busca limitar la perpetuidad de los derechos de aprovechamiento de agua, cambiando radicalmente su naturaleza jurídica. Hablemos claro, es una expropiación encubierta de esos derechos, sin fijar la indemnización que correspondeseñaló ante la Comisión de Recursos Hídricos el presidente de la SNA, Patricio Crespo.  Palabras contradictorias considerando que los derechos de agua vigentes fueron entregados gratuitamente por el Estado luego de la imposición en 1981 del actual Código de Aguas, figura que hace perder fuerza a la necesidad de pagar por un bien sobre el cual no se ejerció esfuerzo económico relevante para su obtención.

Al reclamo de Crespo se sumó Ian Nelson, presidente de Apemec: “Es un mal proyecto de ley y, a nuestro juicio, inconstitucional”.

Por su parte el Consejo Minero, a través de su presidente Joaquín Villarino, ha criticado que se establezca que “el acceso al agua potable y saneamiento es un derecho humano fundamental irrenunciable que debe ser garantizado por el Estado”, mientras el presidente de la Asociación de Generadoras, Claudio Seebach, indicó que “la reforma en su estado actual de tramitación genera incertidumbre e impactos relevantes en la operación actual del sistema, por tanto, impactos económicos en cómo opera actualmente, y sobre todo en el desarrollo de nuevos proyectos”.

Por último, el presidente de la Sofofa Hermann von Mühlenbrock indicó que el proyecto atenta contra “un derecho fundamental como el derecho de propiedad privada» y que «hay una noción errada de que el agua es un bien del Estado«, aunque la ley vigente  reconoce expresamente  que el agua es un bien publico y que los particulares deben solicitar derechos de aprovechamiento.

Estos y otras expresiones configuran una verdadera “campaña del terror” para bloquear la iniciativa legal que moderniza el Código de Aguas y que establece funciones sociales para garantizar el agua potable y la sustentabilidad de las fuentes dado su carácter de bien público.  Para lograr su objetivo, han recurrido a la tribuna que les entregan medios como El Mercurio, La Tercera, El Pulso y El Diario Financiero, entre otros, en la defensa del derecho de propiedad perpetuo sobre el agua, sin límites al acaparamiento.

La presión comunicacional de los gremios se intensificó luego de la aprobación del proyecto en la Comisión de Hacienda el pasado 11 de octubre, paso preliminar a su votación por el pleno de la Cámara de Diputados, lo cual se espera ocurra el martes 8 de noviembre.  Previamente la iniciativa había sido aprobada por los diputados de las comisiones de Recursos Hídricos y de Agricultura.  Este hecho, la aprobación de la reforma por las tres comisiones de la Cámara Baja, da cuenta del claro apoyo político a la reforma.

Aspectos fundamentales

Son varios los artículos clave para que la reforma al Código  de Aguas mantenga su espíritu en pos del bien común, los cuales serán zanjados cuando el proyecto llegue al hemiciclo.

El primero es reconocer la garantía del acceso humano al agua y al saneamiento, estableciendo que los futuros derechos a otorgar sobre un elemento vital para la existencia de las personas y la integridad ambiental serán concesiones de largo plazo (30 años) renovables, y no derechos perpetuos como los hoy vigentes.  Es así que la priorización del proyecto de ley va dirigida a privilegiar el agua para consumo humano (agua potable rural, por ejemplo), la sustentabilidad ambiental, las actividades productivas de subsistencia (pequeños campesinos) y las comunidades indígenas.

Además se establece una serie de condiciones para la sustentabilidad ambiental: protección de acuíferos, humedales, áreas protegidas y establecimiento de caudales ecológicos.

Aunque estos aspectos son coherentes con el agua como bien público, en la Comisión de Agricultura se modificaron algunos de preceptos positivos aprobados por la de Recursos Hídricos y que es necesario revertir.  Uno de ellos es que se obligue al Estado a entregar concesiones por un período fijo de 30 años, sin la posibilidad de hacerlo por menos considerando la realidad ecosistémica e imposibilitando su tarea de gestionar en forma eficiente, equitativa y sustentable los recursos hídricos.

Asimismo, aunque en Recursos Hídricos se aprobó aplicar la figura del caudal ecológico a todas las fuentes de agua –independiente de la fecha de entrega de la concesión-, en Agricultura se restringió su aplicación solo a los nuevos derechos de aprovechamiento, es decir, los que se entreguen a partir de la entrada en vigencia de la reforma y que solo involucraría un universo de un 10 % del total.  En el caso de los vigentes, solo afectaría a los que involucren obras mayores y solicitudes de traslado.

Son estos los puntos principales que se resolverán el 8 de noviembre cuando los diputados y diputadas de todo el país deban resolver sobre una de las más importantes reformas del último tiempo: la que define el régimen jurídico del agua en Chile.

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